viernes, 22 de octubre de 2010

Proyección Seguros de Retiro, sobreseida.


El juez Nacional en lo Penal Económico N° 4, Alejandro Catania, sobreseyó “totalmente” a los directivos de Proyección Seguros de Retiro de las acusaciones de fraude de la Fiscalía de la Seguridad Social y la Superintendencia de Seguros.

Según la Justicia, “los estados contables de Proyección reflejaron razonablemente la situación económica de la sociedad”. Y “los criterios contables utilizados para su confección resultan aceptables y, por ende, no pueden se tildados de “falsos o incompetentes”.

Proyección había sido acusada de haber inflado las inversiones y registrado un menor pasivo para aparecer con resultados positivo. De lo contrario hubiera tenido un déficit del 373,15% del capital. Según el Peritaje, la discrepancia con el criterio de valuación “representaría una diferencia del 0,52%, o sea, un monto no significativo en el total del rubro analizado”.

Así el Juez resolvió “sobreseer totalmente” a Enrique Feuillassier, Julián Llorente, Sebastián Boix Mansilla y María Florencia Friedheim, “con la expresa mención que el presente sumario no afecta el buen nombre y honor que hubieran gozado los nombrados, toda vez que la conducta investigada no constituye delito alguno”.

Fuente: Goseguros.com

martes, 5 de octubre de 2010


Proyección Seguros de Retiro, sobresida.


El juez Nacional en lo Penal Económico N° 4, Alejandro Catania, sobreseyó “totalmente” a los directivos de Proyección Seguros de Retiro de las acusaciones de fraude de la Fiscalía de la Seguridad Social y la Superintendencia de Seguros.

Según la Justicia, “los estados contables de Proyección reflejaron razonablemente la situación económica de la sociedad”. Y “los criterios contables utilizados para su confección resultan aceptables y, por ende, no pueden se tildados de “falsos o incompetentes”.

Proyección había sido acusada de haber inflado las inversiones y registrado un menor pasivo para aparecer con resultados positivo. De lo contrario hubiera tenido un déficit del 373,15% del capital. Según el Peritaje, la discrepancia con el criterio de valuación “representaría una diferencia del 0,52%, o sea, un monto no significativo en el total del rubro analizado”.

Así el Juez resolvió “sobreseer totalmente” a Enrique Feuillassier, Julián Llorente, Sebastián Boix Mansilla y María Florencia Friedheim, “con la expresa mención que el presente sumario no afecta el buen nombre y honor que hubieran gozado los nombrados, toda vez que la conducta investigada no constituye delito alguno”.

Fuente: Goseguros.com

jueves, 23 de septiembre de 2010


Novedades en Seguro Colectivo de Vida Obligatorio - II parte


Les queremos acercar las últimas novedades sobre Seguro Colectivo de Vida Obligatorio.


A partir del 01/01/2011 los Tomadores de pólizas de los Seguros Colectivos de Vida Obligatorio comenzarán a abonar las pólizas junto con las cargas sociales según el cronograma estipulado por AFIP.


De acuerdo con las últimas disposiciones de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), a partir de enero de 2011 entrará en vigencia el nuevo sistema de recaudación a cargo de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a través del Sistema Único de Seguridad social.


La nueva operatoria será de aplicación para los movimientos devengados del mes de enero del 2011. A partir de esa fecha los empleadores podrán determinar e ingresar la prima mensual correspondiente a dicho seguro. Igualmente una vez que la SSN dicte la resolución correspondiente, les será debidamente informada la operatoria con mayor detalle.


Por cualquier consulta adicional lo invitamos a visitar el siguiente sitio Web: www.afip.gob.ar
La renovación anual del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio con fin de vigencia 30/09/2010 se realizará con igual frecuencia y forma de pago que lo originalmente contratado. Por lo tanto, es importante destacar no habrá modificaciones de la operatoria y gestión actual hasta el 1/01/2011.


El despacho de pólizas se realizará a partir del 27/09/2010.
La documentación que se incluye en cada envío es la siguiente:


-> Tomadores:
· Carta de novedades de Vida Obligatorio; donde se especifican brevemente los cambios en la operatoria a partir de enero 2011.
· Carta de renovación de póliza; donde se le agradece el continuar con la Compañía en esta la nueva vigencia.
· Frente de póliza; que contiene datos importantes del Tomador, vigencia, capital y cantidad de personas aseguradas, detalle de cobertura, y entre otros la conformación del premio.
· Certificado de nómina de Asegurados que detalla los asegurados nominados y el movimiento de la operación realizada.
· Información de importancia para el Empleador, donde hacemos referencia al Decreto 1567/74 y su resolución reglamentaria N° 33.860, aspectos sobre la declaración de beneficiarios y altas/ bajas de personal.
· Dos cupones de pago para todos los medios de pago, el primero correspondiente al premio a abonar por la cantidad de vidas aseguradas y el segundo correspondiente al derecho de emisión. Fecha de vencimiento 30/10/2010.
Esta es la carta que estarán recibiendo los Asegurados involucrados:

Importante:
· Podrán obtener toda la documentación a través de nuestra Oficina Virtual.
· La deuda exigible podrá ser visualizada en la Oficina Virtual hasta la entrada en vigencia de la operatoria a través de AFIP ya que se emitirá por lo recaudado.
· No funcionará el sistema de tope de recibos hasta $100 dado a la preparación que se esta realizando en el sistema para el pago a través de la AFIP.

(fuente:HSBC Seguros)